{"id":2757,"date":"2023-10-16T19:41:01","date_gmt":"2023-10-16T19:41:01","guid":{"rendered":"https:\/\/webquequen.nuevo.unicen.edu.ar\/?page_id=2757"},"modified":"2024-12-19T14:27:41","modified_gmt":"2024-12-19T14:27:41","slug":"pasantias","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.quequen.unicen.edu.ar\/?page_id=2757","title":{"rendered":"Pasant\u00edas"},"content":{"rendered":"\n<div class=\"wp-block-uagb-container uagb-block-56a8a2cc alignfull uagb-is-root-container\"><div class=\"uagb-container-inner-blocks-wrap\">\n<div class=\"wp-block-uagb-advanced-heading uagb-block-845e841b\"><p class=\"uagb-heading-text\">Si sos una&nbsp;<strong>empresa<\/strong>, pod\u00e9s acceder al siguiente link para realizar tu solicitud:&nbsp;<strong><a href=\"https:\/\/pasantias.unicen.edu.ar\/solicitudes\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">solicitar pasante<\/a><\/strong><\/p><\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-uagb-advanced-heading uagb-block-d0180977\"><p class=\"uagb-heading-text\">Si sos&nbsp;<strong>estudiante<\/strong>&nbsp;y est\u00e1s interesado en realizar una pasant\u00eda, la siguiente informaci\u00f3n ser\u00e1 de tu inter\u00e9s:<\/p><\/div>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\"><strong><a href=\"https:\/\/www.quequen.unicen.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/ley_26.427_2009.pdf\" data-type=\"link\" data-id=\"https:\/\/www.quequen.unicen.edu.ar\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/ley_26.427_2009.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Ley 26427<\/a><br><a href=\"https:\/\/pasantias.unicen.edu.ar\/solicitudes\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Reglamento de Pasant\u00edas UNCPBA<\/a><\/strong><\/h5>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por Ley 26427, se crea un nuevo Sistema de Pasant\u00edas Educativas, en el marco del sistema educativo nacional, que reemplazar\u00e1 a los reg\u00edmenes de pasant\u00edas vigentes, con el principal objetivo de eliminar el trabajo encubierto.<br>En tal sentido, se derogan la ley 25165 (ley de pasant\u00edas educativas), el art\u00edculo 2 de la ley 25013 (Pasant\u00edas de Formaci\u00f3n Profesional), los decretos 340\/1992 (Sistema de Pasant\u00edas) y 93\/1995 (Sistema de Pasant\u00edas en la Administraci\u00f3n P\u00fablica).<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-columns is-layout-flex wp-container-core-columns-is-layout-7387b849 wp-block-columns-is-layout-flex\">\n<div class=\"wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow\" style=\"flex-basis:100%\">\n<h5 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfC\u00f3mo define PASANT\u00cdA la Ley 26427?<\/strong><\/h5>\n<\/div>\n<\/div>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La pasant\u00eda educativa es definida como el \u00abconjunto de actividades formativas que realicen los estudiantes en empresas y organismos p\u00fablicos o empresas privadas con personer\u00eda jur\u00eddica, sustantivamente relacionada con la propuesta curricular de los estudios cursados en unidades educativas, que se reconoce como experiencia de alto valor pedag\u00f3gico, sin car\u00e1cter obligatorio\u00bb. (art. 2-Ley 26.427)<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfCu\u00e1les son sus objetivos?<\/strong><\/h5>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Entre los objetivos se mencionan la valoraci\u00f3n del trabajo como elemento indispensable y dignificador para la vida, desde una concepci\u00f3n cultural y no meramente utilitaria, la incorporaci\u00f3n de saberes, habilidades y actitudes vinculados a situaciones reales del mundo del trabajo, el aumento del conocimiento y manejo de tecnolog\u00edas vigentes y se declara que esos objetivos apuntar\u00e1n a generar mecanismos fluidos de conexi\u00f3n entre la producci\u00f3n y la educaci\u00f3n, a los efectos de interactuar rec\u00edprocamente entre los objetivos de los contenidos educativos y los procesos tecnol\u00f3gicos y productivos (art\u00edculos 3\u00b0 y 4\u00b0) .<\/p>\n\n\n\n<h5 class=\"wp-block-heading\"><strong>Cambios m\u00e1s relevantes:<\/strong><\/h5>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><br><strong>1. REGISTRO Y CONTROL.<\/strong> La instituci\u00f3n u organismo educativo debe conservar los originales de los convenios y notificar a la autoridad educativa jurisdiccional dentro de los cinco d\u00edas h\u00e1biles posteriores a la firma del convenio. Tambi\u00e9n debe llevar un registro de los acuerdos individuales y un legajo por cada pasante. Para el logro de los objetivos educativos, la instituci\u00f3n educativa debe asignar el docente gu\u00eda que junto al tutor que debe designar la empresa elaborar\u00e1n en forma conjunta un plan de trabajo que determinar\u00e1 el proceso educativo del estudiante en el desarrollo de la pasant\u00eda (Ley 26427, art\u00edculo 17) Por otra parte, los docentes gu\u00edas y los tutores tienen a su cargo el control y la evaluaci\u00f3n del plan de pasant\u00eda. A ese efecto elaborar\u00e1n informes peri\u00f3dicos que ser\u00e1n incorporados al legajo del acuerdo individual. Finalizada la pasant\u00eda, en el plazo de treinta d\u00edas corridos los tutores designados deben remitir a la autoridad educativa un informe con la evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o del pasante (Ley citada, art\u00edculo 18). Las empresas y organismos deben llevar un registro interno de los convenios y acuerdos suscriptos cuyos originales deben conservar por un plazo de cinco a\u00f1os posteriores a la finalizaci\u00f3n de su vigencia, y comunicarlos a los organismos de seguridad social y tributarios (Ley citada, art\u00edculo 11) El alta del pasante se informa en el Registro de altas y bajas en materia de Seguridad Social (art\u00edculo 2\u00b0 de la Resoluci\u00f3n General AFIP 1899, texto ordenado por Resoluci\u00f3n General AFIP 2016). La ley encomienda al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social el control del cumplimiento de la norma en las empresas y organismos, para que no se alteren sus objetivos. En caso de incumplimiento por la empresa, de alguno de los requisitos que tipifican la pasant\u00eda, \u00e9sta se considerar\u00e1 como contrato de trabajo por tiempo indeterminado y regir\u00e1n las sanciones e indemnizaciones que corresponden a la relaci\u00f3n laboral no registrada. Adem\u00e1s, en caso de duda, se entender\u00e1 que la relaci\u00f3n habida entre el alumno y la empresa u organismo es de naturaleza laboral (Ley 26427, art\u00edculo 19).<br><strong>2. CARGA HORARIA:<\/strong> La carga horaria se reduce en relaci\u00f3n a 20 horas semanales como m\u00e1ximo y por un plazo que tendr\u00e1 un m\u00ednimo de dos meses y un m\u00e1ximo de 12, pudi\u00e9ndose renovar hasta seis meses adicionales previa firma de un nuevo acuerdo individual con el pasante (art. 13). As\u00ed, la Ley 25165 establec\u00eda una actividad semanal de hasta cinco d\u00edas con jornadas de hasta seis horas de labor (art\u00edculo 11, modificado por Decreto 487\/2000) El Decreto 340\/92 dispon\u00eda una actividad diaria m\u00ednima de dos horas y una m\u00e1xima de ocho horas (art\u00edculo 9\u00ba del Anexo I) En el contrato de pasant\u00eda de formaci\u00f3n profesional la duraci\u00f3n de la jornada del pasante se fij\u00f3 en seis horas, salvo autorizaci\u00f3n fundada de la autoridad de aplicaci\u00f3n (Decreto 1227\/01, art\u00edculo 7\u00ba). La Ley 25165 establec\u00eda un plazo m\u00ednimo de dos meses y uno m\u00e1ximo de cuatro a\u00f1os (art\u00edculo 11, modificado por Decreto 487\/2000) y el Decreto 340\/92 establec\u00eda un plazo m\u00e1ximo de cuatro a\u00f1os (art\u00edculo 9\u00ba del Anexo I) En cambio, la duraci\u00f3n del contrato de pasant\u00eda de formaci\u00f3n profesional estaba m\u00e1s acotada, su plazo m\u00ednimo se fij\u00f3 en tres meses y el m\u00e1ximo en dos a\u00f1os (Decreto 1227\/01, art\u00edculo 3\u00ba).<br><strong>3. ASIGNACION ESTIMULO, BENEFICIOS Y LICENCIAS:<\/strong> Los pasantes reciben una suma de dinero en car\u00e1cter no remunerativo en calidad de asignaci\u00f3n est\u00edmulo, que se calculara sobre el salario b\u00e1sico de convenio colectivo aplicable a la empresa que ser\u00e1 proporcional a la carga horaria de la pasant\u00eda. En caso de no haber convenio se aplicara el salario m\u00ednimo, vital y m\u00f3vil en forma proporcional a la carga horaria de la pasant\u00eda (art 15);<br>Deber\u00e1n percibir todos los beneficios regulares y licencias que se acuerden al personal, seg\u00fan se acuerde en la reglamentaci\u00f3n (art\u00edculo 15 HOJA N\u00b0 2 de la Ley 26427) Esas licencias deber\u00edan hacerse constar en el convenio de pasant\u00edas y en el acuerdo individual de pasant\u00edas (Ley 26427, art\u00edculos 6\u00b0 y 9\u00b0 inciso h) pues afectan al r\u00e9gimen de asistencia.<br><strong>4. OBRA SOCIAL:<\/strong> Es obligaci\u00f3n de la empresa otorgarle al pasante una cobertura de salud cuyas prestaciones ser\u00e1n las previstas por la ley 23660 (Ley de Obras Sociales).<br>Salvo el r\u00e9gimen de pasant\u00eda de formaci\u00f3n profesional regulado por la ley 25013, las normas anteriores no dispon\u00edan esta cobertura. El Decreto 1227\/01 dispuso que el \u00abempleador\u00bb deb\u00eda otorgar al pasante una cobertura de salud cuyas prestaciones ser\u00edan las previstas en el Programa M\u00e9dico Obligatorio (art\u00edculo 8\u00b0) La ley reitera que las empresas deben incorporar a los pasantes al \u00e1mbito de la Ley 24557 de riesgos del trabajo (Ley 26427, art\u00edculo 14) El Decreto 491\/97 hab\u00eda incorporado al r\u00e9gimen de esa ley a los pasantes referidos en el Decreto 340\/92, soluci\u00f3n que es extensiva a todas las pasant\u00edas.<br><strong>5. A.R.T.: <\/strong>El r\u00e9gimen de la cobertura medica de emergencias y los compromisos derivados de la Ley 24557, de Riesgos del Trabajo, estar\u00e1n a cargo de la empresa u organizaci\u00f3n.<br>6. CERTIFICACI\u00d3N: Las partes firmantes extender\u00e1n al finalizar la pasant\u00eda un certificado de pasant\u00eda educativa donde conste la duraci\u00f3n y las actividades desarrolladas, pudi\u00e9ndose extender a los docentes gu\u00edas y tutores indicando la cantidad de pasantes a cargo y el tiempo de dedicaci\u00f3n (art\u00edculo 18).<br><strong>7. EDAD M\u00cdNIMA.<\/strong> La edad m\u00ednima se eleva a dieciocho a\u00f1os. Las normas anteriores omit\u00edan el requisito (Ley 25165, aunque este r\u00e9gimen estaba destinado a estudiantes universitarios o de educaci\u00f3n superior) o establec\u00edan una edad menor (Decreto 340\/92, art\u00edculo 10, que para ingresar a la pasant\u00eda fijaba la edad m\u00ednima de 16 a\u00f1os cumplidos en el a\u00f1o calendario ) A su vez, el Decreto 1227\/01, reglamentario del art\u00edculo 2\u00ba de la Ley 25013 que la nueva ley deroga, determin\u00f3 que el contrato de pasant\u00eda de formaci\u00f3n profesional es el celebrado entre un empleador privado y un estudiante de 15 a 26 a\u00f1os que se encontrara desocupado.<br><strong>8. ACUERDO INDIVIDUAL. <\/strong>La relaci\u00f3n jur\u00eddica que genera la pasant\u00eda es triangular, pues el pasante celebrar\u00e1 un acuerdo individual con los firmantes del convenio mencionado. Es evidente que la pasant\u00eda establece una relaci\u00f3n jur\u00eddica entre el pasante y la empresa. Por otra parte, el pasante tiene su relaci\u00f3n jur\u00eddica con el organismo educativo en su condici\u00f3n de estudiante.<br>El Decreto 340\/92 dispuso que la situaci\u00f3n de pasant\u00eda no generaba relaci\u00f3n jur\u00eddica alguna con el organismo p\u00fablico o privado y\/o la empresa donde efectuare su pr\u00e1ctica educativa.<br>A su vez, la Ley 25165 hab\u00eda establecido que la situaci\u00f3n de pasant\u00eda no generar\u00eda ning\u00fan tipo de relaci\u00f3n jur\u00eddica entre el pasante y el organismo o empresa en la que prestara servicios (art\u00edculo 9\u00ba) Con una perspectiva superadora de este errado enfoque, la nueva ley dispone que los estudiantes seleccionados para realizar las pasant\u00edas deber\u00e1n suscribir un acuerdo individual con los firmantes del convenio, conforme a las pautas de \u00e9ste. En el acuerdo, adem\u00e1s de la identificaci\u00f3n de las partes y de los tutores y docentes gu\u00edas que \u00e9stos asignaren, deber\u00e1 constar los derechos y obligaciones de las partes, el plan de pasant\u00eda educativa, la duraci\u00f3n, horarios y sede de realizaci\u00f3n de la pasant\u00eda educativa, el monto, fecha y lugar de pago de la asignaci\u00f3n est\u00edmulo; la enumeraci\u00f3n de las tareas asignadas al pasante; el r\u00e9gimen de asistencia y licencias por examen, enfermedad y accidente para el pasante y el r\u00e9gimen de la propiedad intelectual de las creaciones e innovaciones que resultaren de la actividad del pasante (Ley 24627, art\u00edculos 8\u00ba y 9\u00ba). Los contratos de pasant\u00edas vigentes deber\u00e1n adecuarse a la presente ley en el plazo de 180 d\u00edas, excepto sobre la duraci\u00f3n, los cuales se cumplir\u00e1n hasta su finalizaci\u00f3n del plazo originariamente suscripto, no pudiendo ser renovados ni prorrogados.<br>Se derogan entonces, las anteriores regulaciones de las pasant\u00edas (el Decreto 340\/92, la Ley 25165, el art\u00edculo 2\u00b0 de la Ley 25013, el Decreto 93\/95 y sus normas reglamentarias y complementarias) Las pasant\u00edas vigentes al tiempo de la promulgaci\u00f3n de la ley (qued\u00f3 promulgada de hecho el 18\/12\/ 08) deber\u00e1n adecuarse a sus normas en el plazo de 180 d\u00edas, con excepci\u00f3n de la duraci\u00f3n de la pasant\u00eda, que se cumplir\u00e1 hasta la finalizaci\u00f3n del plazo originario, sin que pueda ser prorrogado ni renovado (art\u00edculos 22 y 23).<\/p>\n<\/div><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Si sos una&nbsp;empresa, pod\u00e9s acceder al siguiente link para realizar tu solicitud:&nbsp;solicitar pasante Si sos&nbsp;estudiante&nbsp;y est\u00e1s interesado en realizar una pasant\u00eda, la siguiente informaci\u00f3n ser\u00e1 de tu inter\u00e9s: Ley 26427Reglamento de Pasant\u00edas UNCPBA Por Ley 26427, se crea un nuevo Sistema de Pasant\u00edas Educativas, en el marco del sistema educativo nacional, que reemplazar\u00e1 a los &hellip;<\/p>\n<p class=\"read-more\"> <a class=\"\" href=\"https:\/\/www.quequen.unicen.edu.ar\/?page_id=2757\"> <span class=\"screen-reader-text\">Pasant\u00edas<\/span> Leer m\u00e1s &raquo;<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"_uag_custom_page_level_css":"","site-sidebar-layout":"default","site-content-layout":"default","ast-global-header-display":"","ast-banner-title-visibility":"","ast-main-header-display":"","ast-hfb-above-header-display":"","ast-hfb-below-header-display":"","ast-hfb-mobile-header-display":"","site-post-title":"","ast-breadcrumbs-content":"","ast-featured-img":"","footer-sml-layout":"","theme-transparent-header-meta":"","adv-header-id-meta":"","stick-header-meta":"","header-above-stick-meta":"","header-main-stick-meta":"","header-below-stick-meta":"","footnotes":""},"class_list":["post-2757","page","type-page","status-publish","hentry"],"uagb_featured_image_src":{"full":false,"thumbnail":false,"medium":false,"medium_large":false,"large":false,"news_plugin_small":false,"1536x1536":false,"2048x2048":false},"uagb_author_info":{"display_name":"admin","author_link":"https:\/\/www.quequen.unicen.edu.ar\/?author=1"},"uagb_comment_info":0,"uagb_excerpt":"Si sos una&nbsp;empresa, pod\u00e9s acceder al siguiente link para realizar tu solicitud:&nbsp;solicitar pasante Si sos&nbsp;estudiante&nbsp;y est\u00e1s interesado en realizar una pasant\u00eda, la siguiente informaci\u00f3n ser\u00e1 de tu inter\u00e9s: Ley 26427Reglamento de Pasant\u00edas UNCPBA Por Ley 26427, se crea un nuevo Sistema de Pasant\u00edas Educativas, en el marco del sistema educativo nacional, que reemplazar\u00e1 a los&hellip;","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.quequen.unicen.edu.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/2757","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.quequen.unicen.edu.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.quequen.unicen.edu.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.quequen.unicen.edu.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.quequen.unicen.edu.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=2757"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/www.quequen.unicen.edu.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/2757\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4382,"href":"https:\/\/www.quequen.unicen.edu.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/2757\/revisions\/4382"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.quequen.unicen.edu.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=2757"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}